Hay un régimen de importación courier que muchos ecuatorianos residentes en el extranjero no conocen —y que puede representar un ahorro significativo para sus familias en Ecuador. Se trata de la Categoría G, también conocida como Número Familiar de Migrante Ecuatoriano: un régimen especial que permite enviar paquetes desde el exterior con exoneración total de tributos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Si tienes un familiar viviendo fuera del país —en USA, España, Italia, Chile u otro— y quiere mandarte cosas, o si tú mismo estás en el exterior y quieres enviarle algo a tu familia en Ecuador, este artículo es para ti.
A diferencia de la Categoría B —que desde 2025 paga un arancel fijo de $20 más FODINFA— los paquetes bajo Categoría G están exonerados del pago de todos los tributos de importación, siempre que se presenten los documentos requeridos y se cumplan los límites del régimen.
¿Qué es la Categoría G?
La Categoría G es un régimen dentro del sistema de Tráfico Postal Internacional y Mensajería Acelerada del Ecuador, regulado por la SENAE (Servicio Nacional de Aduana del Ecuador). Fue creado para reconocer el vínculo entre los migrantes ecuatorianos y sus familias, permitiéndoles enviar bienes de forma simplificada y sin carga tributaria.
Para poder acogerse a este régimen deben cumplirse dos condiciones fundamentales de forma simultánea:
- El remitente debe ser un migrante ecuatoriano radicado en el exterior, registrado en el consulado o representación diplomática ecuatoriana de su país de residencia.
- El destinatario debe ser un miembro del núcleo familiar del migrante, residente en Ecuador, dentro de los grados de parentesco permitidos por la norma.
El migrante ecuatoriano debe estar registrado en el consulado ecuatoriano del país donde reside antes de poder usar este régimen. Sin ese registro, los paquetes no podrán acogerse a la exoneración de tributos aunque cumplan todos los demás requisitos.
Límites del régimen
La Categoría G comparte el límite de peso con la Categoría B, pero difiere en el límite de valor y en la exoneración tributaria:
| Parámetro | Límite Categoría G | Observación |
|---|---|---|
| Peso por paquete | 4 kg (8.80 lbs) | Igual que Categoría B |
| Valor FOB por paquete | Hasta 1 SBU ($480 en 2026) | El SBU se actualiza cada año en enero |
| Número de envíos al año | Sin límite | No hay cupo anual acumulado |
| Tributos | Exoneración total | Con certificado de importación obligatorio |
| Tipo de bienes | Uso personal y familiar | No mercancía para reventa comercial |
| Quién puede enviar | Solo el migrante registrado | Nombre del remitente debe coincidir |
El valor FOB máximo por paquete bajo Categoría G equivale a un SBU, que para 2026 fue fijado en $480 USD. Este monto se actualiza cada enero, por lo que el límite puede variar en años siguientes. Verifica el SBU vigente al momento de tu envío.
¿Quién puede recibir paquetes bajo Categoría G?
Esta es la parte más importante y que genera más consultas. El migrante ecuatoriano puede enviar paquetes bajo Categoría G únicamente a su cónyuge y a los miembros de su familia dentro de los siguientes grados de parentesco:
Consanguinidad (hasta 4.° grado)
- 1.° grado Padres e hijos del migrante
- 2.° grado Abuelos, hermanos y nietos del migrante
- 3.° grado Tíos y sobrinos del migrante
- 4.° grado Primos del migrante
Afinidad (hasta 2.° grado)
- 1.° grado Suegros del migrante
- 1.° grado Yernos y nueras del migrante
- 1.° grado Hijastros (hijos del cónyuge)
- 2.° grado Abuelos del cónyuge
- 2.° grado Hermanos del cónyuge (cuñados)
El cónyuge (esposo/a o pareja en unión de hecho legalmente reconocida) también puede recibir envíos bajo Categoría G. Aunque no está dentro de los grados de consanguinidad, la norma lo incluye expresamente como beneficiario del régimen.
El certificado obligatorio: cómo funciona
Este es el documento clave que diferencia a la Categoría G de todos los demás regímenes. Sin él, el paquete no puede acogerse a la exoneración de tributos y será procesado como Categoría B con el arancel correspondiente.
Certificado de Importación de Envío de Bienes Familiares
Es un formulario oficial establecido por la SENAE que debe ser completado y firmado por el migrante (remitente) antes del envío. Certifica que:
- El remitente es un migrante ecuatoriano registrado en el consulado
- El destinatario es miembro de su núcleo familiar dentro de los grados permitidos
- Los bienes son de uso personal y familiar, no para reventa comercial
- El valor y peso del paquete están dentro de los límites del régimen
¿Cuándo se entrega? El certificado debe entregarse a la empresa courier (LogisticBox) o al operador postal en origen, antes del envío. No se puede presentar en Ecuador una vez que el paquete ya viaja. La empresa courier lo adjunta a la Declaración Aduanera Simplificada (DAS) al momento de la importación.
Si el paquete llega sin el Certificado de Importación de Envío de Bienes Familiares debidamente firmado, la SENAE no puede aplicar la exoneración de tributos. El paquete será tratado como Categoría B y deberá pagar el arancel fijo de $20 más FODINFA. Este documento debe gestionarse antes del envío, no después.
Cómo funciona el proceso paso a paso
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1El migrante se registra en el consulado ecuatoriano
Si aún no lo ha hecho, el migrante debe registrarse en el consulado o representación diplomática ecuatoriana del país donde reside. Este registro es un requisito previo e indispensable para poder usar la Categoría G.
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2El migrante compra los bienes y completa el certificado
Antes de enviar el paquete, descarga el Certificado de Importación de Envío de Bienes Familiares desde el sitio de la SENAE, lo completa con los datos del destinatario y los bienes a enviar, y lo firma. Debe verificar que el destinatario esté dentro de los grados de parentesco permitidos.
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3Entrega el certificado a la empresa courier en origen
El certificado firmado se entrega a LogisticBox u otra empresa courier autorizada antes del despacho del paquete. Nos puedes enviarlo escaneado al correo o por WhatsApp al coordinar el envío. Este es el paso más crítico: sin el certificado, el beneficio no aplica.
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4LogisticBox adjunta el certificado a la DAS
Al momento de realizar la declaración aduanera del paquete ante la SENAE, adjuntamos el certificado como documento habilitante para la exoneración de tributos bajo Categoría G.
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5El paquete ingresa con exoneración total de tributos
La SENAE verifica el certificado y aprueba el ingreso del paquete sin cobro de aranceles ni FODINFA. El familiar en Ecuador solo paga la tarifa del servicio courier de LogisticBox, no tributos de importación.
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6Entrega en Ecuador
El paquete se entrega en la dirección del familiar destinatario en Ecuador, en los plazos normales de tránsito (7–14 días hábiles desde la salida de USA).
Categoría G vs. Categoría B: ¿cuánto se ahorra?
La diferencia más importante entre ambos regímenes es el costo tributario. Veamos con un ejemplo concreto:
| Concepto | Categoría B | Categoría G |
|---|---|---|
| Valor FOB del paquete | $200.00 | $200.00 |
| Peso del paquete | 3 lbs | 3 lbs |
| Tarifa courier ($4.99/lb) | $14.97 | $14.97 |
| Arancel COMEX | $20.00 | $0.00 (exonerado) |
| FODINFA (0.5% sobre CIF) | $1.07 | $0.00 (exonerado) |
| Total a pagar al courier | $35.97 | $14.97 |
En este ejemplo, usar la Categoría G en lugar de la B representa un ahorro de $21.07 en un solo paquete. Si el migrante envía varios paquetes al año, el ahorro acumulado puede ser considerable.
Mientras que la Categoría B tiene un cupo anual de $1,600 por persona, la Categoría G no tiene límite en el número de envíos. Un migrante puede enviar múltiples paquetes al año a su familia, cada uno con valor hasta $480 y 4 kg, sin preocuparse por agotar ningún cupo.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el paquete supera los $480 o los 4 kg?
Si el valor FOB supera el SBU vigente ($480 en 2026) o el peso es mayor a 4 kg, el paquete no puede acogerse a la Categoría G y debe procesarse por Categoría C, con gestión aduanera completa y pago de tributos variables. Es importante verificar el valor y el peso antes de enviar.
¿Puede el migrante enviar a un primo o un cuñado?
Sí. Los primos están dentro del cuarto grado de consanguinidad y los cuñados (hermanos del cónyuge) están en el segundo grado de afinidad. Ambos son destinatarios válidos bajo Categoría G. En el certificado se debe especificar el grado de parentesco con el migrante.
¿Un migrante puede enviar paquetes a más de un familiar a la vez?
Sí, puede enviar a distintos miembros de su familia, pero cada paquete es una importación independiente con su propio certificado. No se pueden consolidar envíos a distintos destinatarios bajo un mismo certificado.
¿Qué pasa si el migrante no está registrado en el consulado?
Sin el registro consular, el paquete no puede acogerse a la Categoría G. Se le aplicará la Categoría B con el arancel de $20 correspondiente. El registro en el consulado es rápido y gratuito — el migrante puede hacerlo presencialmente o en algunos casos de forma virtual según el consulado de su país de residencia.
¿Puede el migrante enviar desde cualquier país del mundo?
Sí, la Categoría G aplica independientemente del país donde resida el migrante, siempre que esté registrado en el consulado ecuatoriano correspondiente y que el paquete sea enviado a través de una empresa courier autorizada por la SENAE, como LogisticBox.
¿Puedo usar Categoría G para enviar un celular?
No. Al igual que en Categoría B, los teléfonos celulares no pueden importarse bajo Categoría G. Los celulares requieren siempre Categoría C, deben ser completamente nuevos y pagan los tributos de importación correspondientes.
¿Qué documentos debe conservar el destinatario?
El destinatario debe conservar una copia del certificado y, si la SENAE lo solicita, documentos que acrediten el parentesco con el migrante (cédula, partidas de nacimiento, libreta de matrimonio). LogisticBox conserva los documentos de la DAS por el tiempo reglamentario.
